El mundo del vino a sorbos
Nos quedamos con el tema que ya tocamos la semana pasada, es decir el de los vinos ecológicos, porque nos parecía que debíamos insistir en el mismo. Como los lectores saben bien, ésta es una sección en la que el periodista propone un tema en el buscador de páginas web y refleja al lector lo que en ellas aparece, siendo conscientes todos de que en algunas ocasiones y a pesar de quedarnos con las páginas más visitadas, estas pueden tener la información no ya antigua, sino en ocasiones caducada.
Texto: Antonio Egido
Y como queremos ofrecer siempre de lo bueno lo mejor y de lo mejor, lo superior, vamos a insistir en el tema de los vinos ecológicos para estar a la última en lo que es su legislación.
De hecho nos vamos a quedar con la página de la Consejería de Agricultura del Gobierno de La Rioja ‘larioja.org’ donde nos recuerdan la Normativa europea sobre vino ecológico con estas palabras: “La Unión Europea ha aprobado el Reglamento de Ejecución (UE) nº 203/2012 de la Comisión en el que establecen disposiciones de aplicación referidas al vino ecológico; en concreto, en las siguientes cuestiones: las normas específicas de elaboración de vino; el uso de determinados productos y sustancias; las prácticas enológicas y restricciones; el contenido máximo de anhídrido sulfuroso; las pruebas para demostrar el cumplimiento del Reglamento y el uso del logotipo europeo y las menciones a emplear en el etiquetado.
Con la aplicación de este Reglamento, a partir del 1 de agosto de 2012, se podrá utilizar en la etiqueta de los vinos que cumplan las normas la mención «vino ecológico» y el logotipo comunitario”.
Para seguidamente poder revisar las ‘normas específicas para la elaboración del vino ecológico según el reglamento 203/2012 de 8 de marzo, de la mano del enólogo Juan B. Chávarri quien destaca algunos aspectos de dicho Reglamento y que hay que tener en cuenta como en el tema de las instalaciones de bodega: Separación de las vendimias procedentes de la agricultura ecológica. Los contenedores de vendimia y de vino deberán estar identificados para ser reconocidos sin dificultad. Los materiales y sistemas de conducción de productos sólidos y líquidos, deberán ser aptos para uso alimentario y mantenerse con la adecuada limpieza y asepsia, empleando para ello los siguientes productos: a) hidróxido sódico, b) jabón blando, c) ácido peracético, d) peróxido de hidrógeno, e) ácido cítrico, f) amonio cuaternario, g) metabisulfito potásico y h) soluciones de etanol en agua… a lo que sigue una serie de obligaciones del viticultor como en el caso de la corrección de la acidez, el encubado y maceración, la fermentación maloláctica o el almacenamiento…, sin olvidar todos y cada uno de los pasos que se deben dar hasta le reconocimiento de ese vino como ecológico.
Pero además en esta misma página encontramos interesantes documentos como el que hace referencia al sistema de control, certificación y etiquetado del vino ecológico, firmado por Esperanza López, o el Reglamento completo nº 203/2012 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 889/2008, que establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 834/2007 del Consejo en lo que respecta a las disposiciones de aplicación referidas al vino ecológico.
Es decir, en esta página web todo agricultor que decida tomar la senda del futuro elaborando vino ecológico, así como el curioso de estos temas del vino que desee conocer a fondo lo que supone que una botella lleve la etiqueta de vino ecológico, encontrará información atinada, directa y sobre todo muy clara, además de actualizada.
Solo nos queda elevar nuestra copa de vino ecológico y brindar por los esfuerzos, no siempre premiados en el mercado, que hacen muchos viticultores de esta y otras denominaciones de origen. Va por ellos.