Pleno del Consejo Regulador acuerda que la producción de las viñas inscritas ha de destinarse únicamente a la elaboración de vino amparado.

En pleno del Consejo Regulador de la DOCa Rioja ha aprobado por unanimidad la modificación de dos aspectos en su pliego de condiciones y Estatutos para garantizar la exclusividad de producción de los viñedos inscritos en la Denominación.

Según recoge la normativa, la producción de las viñas inscritas en los registros del Consejo ha de destinarse exclusivamente a la elaboración de vino amparado. Esta modificación se suma al marco de normas y condiciones ya vigentes para garantizar la exclusividad de producción, elaboración y almacenamiento. De este modo, se equiparan los requisitos de dedicación exclusiva que tienen las bodegas inscritas con los requisitos de los viñedos, al extender el principio de exclusividad también a éstos, como corresponde a una Denominación de Origen Calificada.

Asimismo, la modificación de la normativa aprobada por el Pleno establece que la reinscripción de un viñedo solo podrá llevarse a cabo tras un exhaustivo proceso de verificación llevado a cabo por los servicios técnicos del Consejo Regulador, que se asegurarán de que el viñedo en cuestión cumple y se ajusta a las condiciones y requisitos de la Denominación.

El sector ha querido de este modo proteger su fondo de comercio y reforzar las garantías que ofrece la Denominación de Origen Calificada Rioja, siguiendo su constante habitual de búsqueda de la máxima calidad, rigor y excelencia tanto del producto final, como de todos los procesos seguidos para llegar al mismo.

“Esta decisión deja constancia de que la pertenencia a la Denominación es voluntaria y que, mientras se esté en ella, hay que hacerlo al cien por cien y con honestidad”, concluye Fernando Ezquerro, presidente del Consejo Regulador de la DOCa Rioja.

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